Si las piezas de madera clasificadas sufren una mecanización posterior (cepillado, desdoblado o corte) que modifique su espesor o su anchura, la reducción las dimensiones no deberá ser superior a la considerada en la tabla. Si la reducción fuera superior, la madera deberá ser reclasificada con relación a sus nuevas dimensiones.
Tabla 15: Reducciones dimensionales permitidas según UNE EN 14081-1.
DIMENSIONES ("c") | c ≤ 100 | c > 100 |
Reducción máxima (mm) | 5 | 10 |
Nota: "c" es el espesor o la anchura en mm